MODELO DE ESTATUTOS PARA UN SINDICATO.

 

El (día)...., (hora)....,(mes)...., y (año)...., nos reunimos en Asamblea General, los trabajadores /as de (nombre de institución)....,que voluntariamente expresamos nuestra decisión de constituir una Entidad de Derecho Privado con la denominación de Sindicato de los Trabajadores de (nombre de institución)...., en virtud de lo cual declaramos:

Primero: Que es una Organización Clasista Sindical de Derecho Privado.

Segundo: Que se fundamenta en la solidaridad clasista con miras hacia la consecución de una sociedad más justa, humana y libre.

Tercero: Que desarrolla su acción en base a los siguientes principios.

Unidad de Clase: como política sindical que permita aglutinar a los trabajadores del (nombre de institución) y mantener relaciones de fraternidad en función de los intereses de la clase trabajadora.

Independencia de clase: Que a de entenderse como la autonomía y libertad del Sindicato para definir su estrategia, acciones de lucha y política sindical en función de los intereses de la clase trabajadora.

Democracia: Concebida como una forma de participación de los trabajadores y las mayorías populares en la definición de los órdenes económico, social y político.

Solidaridad: En base al desarrollo de acciones concretas en apoyo a la lucha de los trabajadores que se fundamente en principios confidentes de los establecidos en este estatuto.

Libertad: En tendida como el desarrollo de la especie humana para desarrollar sin obstáculos su vida y su pensamiento.

Humanismo: Concebido como el respeto a la vida y a los valores espirituales del hombre, como individuo y fundamentalmente, como un ser social, acogemos la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

CONTENIDO DE LOS ESTATUTOS

CAPÍTULO I

NATURALEZA, DOMICILIO Y OBJETIVOS

Art.1.- El Sindicato Único de los Trabajadores de la Ilustre Municipalidad de (nombre empresa)....(lugar)...., está conformado por los trabajadores que firmamos el acta de constitución y todos aquellos que posteriormente expresaren por escrito su voluntad de ser miembros del sindicato y que fueren aceptados por el organismo competente.

Art.2.- El domicilio del sindicato único de los trabajadores (nombre de empresa)...., será la ciudad de....

Art.3.- Son objetivos del sindicato:

a) Promover el mejoramiento de las condiciones socioeconómicas de sus afiliados así como las condiciones de vida y de trabajo.

b) Impulsar la defensa de los intereses de clases.

c) Desarrollar programas encaminados a la superación cultural, profesional e intelectual de sus afiliados.

d) Promover programas de apoyo mutuo mediante la conformación de organizaciones de carácter cooperativo y de ahorro.

e) Vigilar el estricto cumplimiento de la Constitución Política del Estado, las leyes en general y las de carácter laboral y social.

f) Fomentar la cultura y el deporte.

g) Promover relaciones solidarias con las demás organizaciones sindicales y populares.

h) Celebrar contratos colectivos conforme a la ley.

i) Presentar pliegos de peticiones.

Art.4.- Para el cumplimiento de sus objetivos, el sindicato único hará uso de todos los medios emitidos por la ley.

CAPÍTULO II

DE SU ORGANIZACIÓN

Art.5.- El sindicato único de los trabajadores (nombre de la empresa).... se compone de los siguientes organismos:

a) Asamblea general.

b) Comité ejecutivo.

Art.6.- La Asamblea General es la máxima autoridad el sindicato en tanto no se imponga a las disposiciones del presente estatuto, en ella reside la Función Legislativa y está conformada por todos los socios en goce de sus derechos.

Art.7.- La Asamblea General ordinaria se reunirá una vez al mes y extraordinariamente cuando el caso lo amerite, y sea convocada por el comité ejecutivo o el 25% de los socios.

Art.8.- Al tratarse de la primera convocatoria, el quórum para la asamblea general será de por lo menos el 50% de los socios, si se tratare de la segunda convocatoria, podrá secionarse con el número de asistentes, pero en ningún caso con menos del 25% de los socios, en el acta deberá contar esta circunstancia.

Art.9.- La Asamblea General será instalada y dirigida por el secretario general o quien lo sustituya estatutariamente; en caso de ser necesario se nombrará un Director de Asamblea quien orientara las discusiones con altura y mesura.

Art.10.- SON ATRIBUCIONES DE LA ASAMBLEA GENERAL:

a) Renovar parcial o totalmente el comité ejecutivo con estricta sujeción a las disposiciones del presente estatuto.

b) Vigilar que el comité ejecutivo cumpla con sus responsabilidades y dar las orientaciones para el mejor desenvolvimiento del mismo.

c) Aprobar el presupuesto anual del sindicato cuya ejecución será presentada cada seis meses por el comité ejecutivo.

d) Conocer y resolver sobre el estado económico del sindicato de trabajadores (nombre de la empresa)...........

e) Fijar las cuotas ordinarias y extraordinarias.

f) Reformar los presentes estatutos siempre y cuando haya transcurrido por lo menos un año a partir de la fecha de inscripción en el Ministerio de Trabajo y Recursos Humanos.

g) Imponer las sanciones que establece estos estatutos.

h) Aprobar los programas de trabajo y reivindicación clasista que presente el comité ejecutivo.

i) Controlar las acciones de los secretarios, delegados y comisiones de trabajo.

j) Interpretar los presentes estatutos en caso de duda y resolver de inmediato las cuestiones no previstas en estos.

k) Conocer y resolver las solicitudes de ingreso al sindicato.

l) Autorizar los gastos no previstos en el presupuesto.

ll) Cumplir y hacer cumplir las disposiciones del presente estatuto.

CAPÍTULO III

DEL COMITE EJECUTIVO

Art.11.- El Comité Ejecutivo es el gobierno central del sindicato y tiene, entre otras obligaciones las de ejecutar las resoluciones de la asamblea general, administrar los fondos de la organización, observar y aplicar el presente estatuto y reglamentos que se dictaren.

Art.12.- El Comité Ejecutivo se integrará con representantes de las diferentes ramas de trabajo estará por los secretarios que a continuación se señalan, con sus respectivos suplentes a excepción del secretario general a quien lo reemplazará el secretario de organización y propaganda, a falta de este los secretarios respectivos en el orden previsto en el presente artículo.

- Secretario General.

- Secretario de Organización, Estadística y Propaganda.

- Secretario de Defensa Jurídica.

- Secretario de Finanzas.

- Secretario de Actas y Comunicaciones.

- Secretario de Educación, cultura y deportes.

- Secretario de Ayuda y Beneficencia.

Art.13.- De las elecciones:

El Comité Ejecutivo será elegido y posesionado en la primera quincena del mes de junio de cada año, mediante voto directo secreto. Los miembros elegidos durarán dos años en sus funciones, pudiendo ser reelegidos después de un periodo.

Art.14.- Para ser miembro del comité ejecutivo se requiere:

a) Ser socio activo y estar en goce de sus derechos.

b) Tener por lo menos un año de afiliación y comprobar sus actividades en el sindicato.

c) No haber sido condenado por delitos comunes.

Art.15.- Son derechos y obligaciones del comité ejecutivo:

a) Vigilar que se cumplan las resoluciones de la asamblea general.

b) Aplicar las sanciones aprobadas en la asamblea general.

c) Convocar a asamblea mediante citación escrita.

d) Efectivizar los auxilios económicos que ordene la asamblea general.

e) Conocer y resolver cada tres meses los gastos efectuados por el secretario de finanzas.

f) Orientar al sindicato hacia la consecución de sus objetivos.

g) Nombrar comisiones especiales.

h) Promover la solidaridad y fraternidad entre los miembros de la organización.

Art. 16.- El Comité Ejecutivo sesionará cada 30 días y extraordinariamente cuando el caso lo requiera. Las sesiones se llevarán a efecto previa convocatoria del secretario general o de las dos terceras partes de sus miembros.

DE LOS SECRETARIOS.

Art.17.- DEL SECRETARIO GENERAL.

El Secretario General es el representante legal del sindicato y sus atribuciones son:

a) Convocar a sesiones del comité ejecutivo y asamblea general, de acuerdo a lo que dispone el presente estatuto.

b) Formular el orden del día de la sesiones del comité ejecutivo y asambleas generales.

c) Vigilar y orientar el trabajo de los demás secretarios.

d) Presidir las sesiones del comité ejecutivo.

e) Suscribir las actas de las sesiones del comité ejecutivo y asambleas generales, acuerdos, comprobantes de tesorería, documentos transaccionales y toda clase de comunicaciones en unidad de acto con el secretario correspondiente.

f) En caso de ausencia temporal o definitiva, encargar sus funciones al secretario de organización, a falta de este al secretario que corresponde, según el orden establecido en el artículo 12 del presente estatuto.

g) Presentar a ala asamblea general un informe escrito de las actividades cumplidas por el comité ejecutivo cada 30 días.

h) Cumplir y hacer cumplir el presente estatuto y reglamento de la organización.

Art.18.- SON DEBERES DEL SECRETARIO DE ORGANIZACIÓN, ESTADÍSTICA Y PROPAGANDA.

a) Remplazar al secretario general en caso de ausencia temporal o definitiva.

b) Responsabilizarse de la buena marcha del sindicato y tener al día la estadística del los afiliados y de las organizaciones afiliadas a la federación de la que es miembro el sindicato.

c) Informar al comité ejecutivo de cualquier anomalía que se presentare entre los afiliados a objeto de que dicho organismo arbitre las medidas conducentes a mantener la fraternidad y la armonía entre ellos.

d) Presentar al comité ejecutivo un plan tendiente a consolidar la unidad de todos los trabajadores.

e) En unidad de acto con el secretario de prensa y propaganda, difundirá los programas y objetivos del sindicato, entre todos los afiliados propiciando mantener en alto la moral de sus miembros.

f) Presentar al comité ejecutivo para su aprobación, un plan encaminado a establecer relaciones fraternales y de solidaridad con otras organizaciones sindicales de la provincia y del País.

g) Difundir los principios, objetivos, y programas del sindicato tanto entre los afiliados cuanto a los trabajadores en general.

h) Elaborar un boletín mensual, informativo de las actividades que realice el sindicato y de los acontecimientos más importantes para los trabajadores.

i) Organizar campañas que propendan al bienestar de los afiliados.

j) Cumplir y hacer cumplir el presente estatuto y sus reglamentos.

Art. 19.- SON DEBERES DEL SECRETARIO DE DEFENSA JURÍDICA.

a) Vigilar que el empleador respete los derechos de los trabajadores y cumplan con las obligaciones legales y contractuales.

b) Arbitrar las medidas convenientes para la solución de los problemas labores y conflictos que se suscitaren.

c) Representar conjuntamente con el secretario general, judicial y extrajudicialmente al sindicato.

d) Mantener un archivo actualizado de las leyes laborales y sociales, y,

e) Cumplir y hacer cumplir el presente estatuto y el reglamento.

Art.20.- SON DEBERES DEL SECRETARIO DE FINANZAS.

a) Recaudar las cuotas ordinarias y extraordinarias de los socios del sindicato.

b) Llevar en forma clara y precisa la contabilidad del sindicato, la misma que pondrá a disposición de la Comisión Fiscalizadora que designe la Asamblea General.

c) Responsabilizarse del correcto manejo de los fondos.

d) Efectuar los pagos con el visto bueno del Secretario General, todo pago que se efectúe, sin este requisito será nulo.

e) Depositar los fondos del sindicato en un Bando de la localidad. La cuenta será manejada única y exclusivamente con la firma conjunta del Secretario de Finanzas y del secretario General, quienes serán solidariamente responsables del manejo de los fondos de la organización.

f) Presentar cada seis meses a la Asamblea General un informe de la organización y cada tres meses al comité ejecutivo.

g) Cuando cesare en sus funciones entregará a su sucesor el estado de cuenta del banco cortado a la fecha, el valor que reposare en caja chica, libros, documentos y un balance económico, levantando un acta de entrega-recepción y que la suscribirá conjuntamente con el Secretario de Finanzas entrantes, y,

h) Cumplir y hacer cumplir el presente estatuto y el reglamento.

Art.21.- SON DEBERES DEL SECRETARIO DE CULTURA Y DEPORTES.

a) Fomentar por todos los medios a su alcance la educación sindical y la superación cultural e intelectual de sus afiliados.

b) Promover la realización de cursos, seminarios, foros, conferencias, etc., sobre temas de carácter laboral y socioeconómico en general.

c) Coordinar actividades culturales, sociales y clasistas con sus matrices sindicales, Provincial y Nacional.

d) Organizar eventos deportivos entre los afiliados y proveer la participación de la organización en los eventos que organicen sus matrices sindicales.

e) Cumplir y hacer cumplir el presente estatuto y sus reglamentos.

Art.22.- SON DEBERES DEL SECRETARIO DE AYUDA Y BENEFICENCIA:

a) Velar por la salud de los socios del sindicato.

b) Organizar y propiciar la organización de lo social en seminarios, conferencias, foros etc., sobre salud ocupacional, riesgos de trabajo, medio ambiente y ecología.

c) Vigilar que la empresa cumpla con las normas de salud ocupacional, seguridad e higiene industrial.

d) Integrar el Comité de Seguridad e Higiene Industrial

e) Gestionar entre (nombre de la empresa).... o ante el IESS el pago de los haberes a que tiene derecho el trabajador en casos de accidente o enfermedad.

f) Formular propuestas para mantener en óptimas condiciones los servicios médicos del (nombre de empresa)....

g) Organizar campañas para defender el medio ambiente.

h) Cumplir y hacer cumplir el presente estatuto y sus reglamentos.

Art.23.- SON DEBERES DEL SECRETARIO DE ACTAS Y COMUNICACIONES:

a) Elaborar y llevar un registro ordenado de las actas de las sesiones del sindicato y delas asambleas generales.

b) Redactar y despachar las comunicaciones, acuerdos, etc., que deberá firmar en unidad de acto con el secretario general, debiendo conservar un archivo de toda la correspondencia oficial del sindicato.

c) Registrar en el Ministerio de Trabajo la nómina de miembros del comité ejecutivo.

d) Conferir copias certificadas de documentos del sindicato, previa autorización del secretario general.

e) Mantener un registro actualizado de los socios al sindicato, y,

f) Cumplir y hacer cumplir el presente estatuto y sus reglamentos.

Art.24.- LOS MIEMBROS DEL COMITÉ EJECUTIVO PODRÁN SER REMOVIDOS POR:

a) Desacato de las disposiciones del estatuto.

b) Traición de los intereses de los trabajadores y los principios establecidos en los estatutos de la organización.

c) Por incumplimiento reiterado a las resoluciones de las asambleas generales y del comité ejecutivo. La remoción de los miembros del comité resolverá únicamente la asamblea.

CAPÍTULO IV

Art.25.- Para ingresar al sindicato se requiere:

a) Ser trabajador del (nombre de empresa)..................

b) Presentar por escrito la solicitud de ingreso a la Organización acompañada de la firma de dos socios activos que garanticen su ingreso.

c) Pagar la cuota de ingreso que señale el Reglamento Interno y la asamblea.

d) Ser aceptado por el comité ejecutivo en primera instancia y ratificado posteriormente por la asamblea general

e) Aceptar las disposiciones del presente estatuto.

CAPÍTULO V

DE LOS DEBERES DE LOS AFILIADOS

Art.26.- Para el logro de los objetivos del sindicato, los afiliados tendrán las siguientes obligaciones:

a) Cumplir con las tareas que le encomiende la asamblea general o el comité ejecutivo, beneficio de los afiliados.

b) Participar en todas las actividades dl sindicato, sean estas clasistas, culturales o deportivas.

c) Asistir puntualmente a las reuniones que fueren convocados.

d) Pagar las cuotas señaladas en el estatuto por la asamblea general.

e) Mantener relaciones fraternas con los compañeros, fomentando la unidad, solidaridad y fortalecimiento de la organización.

f) Defender el prestigio del sindicato y sus matrices sindicales, provinciales y nacionales, laborando por su desarrollo y progreso.

g) Denunciar oportunamente al comité ejecutivo toda maniobra que atente a los derechos de los trabajadores, la unidad e integridad de la organización.

h) Presentar por escrito la excusa cuando no pueda asistir a una asamblea general, indicando el motivo que será comprobado por el secretario de organización. La excusa será aceptada por la asamblea únicamente cuando el socio haya asistido a las últimas dos última asambleas, y,

i) Cumplir y hacer cumplir los presentes estatutos.

CAPÍTULO VI

DE LOS DERECHOS DE LOS AFILIADOS

ART.27.- Para la consecución y aplicación de los objetivos del sindicato, los afiliados tienen los siguientes derechos:

a) Tener voz y voto en las asambleas.

b) La defensa de sus derechos laborales y sindicales, especialmente los casos de separaciones intempestivas, renuncias, vistos buenos.

c) Protección en las controversias que se suscitaren entre el empleador y el trabajador.

d) Ayuda económica que se hará efectiva en la forma que lo determine la asamblea general, el comité ejecutivo o el reglamento.

e) Participar en los cursos, seminarios, programas culturales, de acuerdo con el plan que elabore el comité ejecutivo.

f) Elegir y ser elegido para cualesquiera de las dignidades del comité ejecutivo sujetándose a los presentes estatutos.

CAPÍTULO VII

DE LAS SANCIONES

Art.28.- Con el fin de mantener en alto la disciplina, el compañerismo y la unidad del sindicato, se establecen las siguientes sancionen:

a) Amonestación verbal o escrita.

b) Multas.

c) Suspensión de derechos por un tiempo mínimo de 30 días y máximo de 90, en relación a la gravedad de la falta, y,

d) Expulsión.

Art.29.- Causas de sanción:

a) Por indisciplina, provocar rencillas con otros afiliados y mantener una conducta que ponga en riesgo el prestigio de la organización.

b) Por faltas injustificadas a las sesiones del comité ejecutivo cuando pertenecieren a este, o faltas injustificadas a la asamblea general, multas en el 5% del salario mínimo vital, por incumplimiento a las comisiones que fuere designado, es este caso la asamblea general fijará el monto de la multa.

c) Serán merecedores de suspensión de derechos, los afiliados o afiliado que mantenga una actitud permanente de incumplimiento al presente estatuto y a las disposiciones de los organismos del sindicato y por acciones divisionistas. Esta suspensión de derechos podría ser cambiada por expulsión, cuando así lo resolviere la asamblea general.

d) La sanción de expulsión será aplicada al afiliado o afiliado por utilización indebida y malversación de los fondos del sindicato, sin perjuicio de la sanción penal, y, por traición al sindicato en las acciones que realizaré por las reivindicaciones y sus postulados.

Art.30.- La suspensión de derechos o la expulsión la decidirá únicamente la asamblea general, pudiendo él o los inculpados hacer uso del derecho de defensa ya sea por intermedio de un miembro de la organización o por si mismo.

CAPÍTULO VIII

DE LOS FONDOS

Art.31.- SON FONDOS DEL SINDICATO.

a) El valor que por cuotas de ingreso se señala para nuevos socios que ingresaren al sindicato y por una sola vez que es de, cinco salarios mínimos vitales generales.

b) El valor de la cuota mensual que deberá pagar cada afiliado no podrá ser inferior al uno y medio por ciento (1.5%) de la remuneración mensual, el 1% constituye fondo del sindicato y, el 0.5% de cuota a la CEOSL conforme Ley 180.

c) el valor de las cuotas extraordinarias que pagará cada afiliado será de acuerdo a la cuantía que señale la asamblea general en casos especiales.

d) Las erogaciones, donaciones, legados y cualquier otro ingreso voluntario que se hiciere al sindicato.

e) El color del carnet que deberá adquirir cada afiliado será el costo del mismo y por una sola vez, y,

f) El producto de las multas que indica el Art.41 inciso 23 del Código del Trabajo vigente y las que aplicare a sus socios el sindicato.

Art.32.- Los fondos del sindicato serán depositados en un Banco de la localidad y de ellos serán responsables el secretario de Finanzas y el secretario General.

Art.33.- Los fondos del sindicato no podrán ser administrados, sino de acuerdo con el respectivo presupuesto anual, el mismo que deberá sujetarse a las siguientes prescripciones:

a) Para fondos de huelga el 25%

b) Para gastos de administración el 40%

c) Para caja de ahorros y ayuda mutua 15%

d) Para deportes el 10%

e) Para gastos imprevistos 10%

CAPÍTULO IX

DISPOSICIONES FINALES

Art.34.- El sindicato de los trabajadores (nombre de la empresa)..., solo podrá disolverse por el voto de las dos terceras partes de sus miembros, y cuando por la negligencia de las mismas paralicen sus funciones en el cumplimiento de los objetivos socioeconómicos de la organización y cuando sus afiliados bajen a menos del 30%, en tal caso los bienes de la entidad pasarán a poder de la Federación de Trabajadores Libres del Ecuador.

Art.35.- La asamblea general dictará los reglamentos que estime convenientes para la buena marcha de la organización, su aprobación podrá efectuarse en una sola sesión de asamblea general.

Art.36.- El sindicato no intervendrá en actos políticos partidistas, ni actividades religiosas.

Art.37.- Las elecciones del comité ejecutivo se efectuarán en forma secreta y en papeletas, los votos en blanco se sumarán a la mayoría.

Art.38.- El lema del sindicato será “Solidaridad, Justicia y Libertad”.

Art.39.- El sindicato deberá enviar anualmente al Ministerio de Trabajo y Recursos Humanos los siguientes documentos debidamente certificados.

1. Copia del acta de la última asamblea general en la que se efectuó la elección del comité ejecutivo, con la indicación precisa del número de afiliados que concurrieron a ella.

Art.40.- Los presentes estatutos estarán en vigencia cuando hayan sido aprobados en el Ministerio de Trabajo y Recursos Humanos, de conformidad a las disposiciones legales vigentes.

CERTIFICO: Que los presentes estatutos del sindicato de los trabajadores (nombre de la empresa)......,fueron discutidos y aprobados en asamblea de los días 5 – 6 y 7 de febrero del año dos mil once, remitiéndose para el efecto a las actas que constan en el libro respectivo de Asambleas.

 

Lugar...., fecha...( día..., mes... y año...).

C.I.

f) SECRETARIO DE ACTAS Y COMUNICACIONES.