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Boletín de noticias

Por medio del presente dejamos manifiesta constancia, entre nosotros: señora FA…………………. A la que más adelante se la identificará con el nombre de Arrendadora.

y al señor ZS…………………… al que más adelante se le identificará con el nombre de Arrendatario.

Entre ambos convenimos libremente en celebrar el presente contrato de arrendamiento, bajo el tenor de las siguientes cláusulas:

PRIMERA.- La arrendadora da en arrendamiento al arrendatario un local para uso de oficina que esta signado con el Nro. A 3, del tercer piso alto del edificio Peña Tirado, ubicado en las calles Guayaquil Nro …….. y Coca niguas de esta ciudad de Santo Domingo Provincia Tsáchilas.

SEGUNDA.- El arrendatario se compromete a mantener en perfectas condiciones el local arrendado y lo destinará única y exclusivamente para el uso de desarrollo de páginas Web en el Internet, así como para asuntos jurídicos legales de derecho, sin poder darle otro uso, salvo convenio posterior con la arrendadora.

TERCERA.- El canon de arrendamiento será de sesenta y cinco dólares valor de los mensuales, pagaderos y por mesadas anticipadas entre los tres primeros días del inicio de cada mes, el mismo que dará inicio desde el primero de marzo del dos mil nueve; hasta el 31 de Marzo del dos mil once.

CUARTA.- El plazo del presente contrato es el de dos años, el mismo que termina el 31 de marzo del dos mil once, pudiendo ser renovado el mismo de común acuerdo entre las partes en convenio.

QUINTA.- Para el término o fin del contrato, las partes deberán comunicar con noventa días de anticipación, conforme lo determina la ley, y en caso de que no se cancelen dos pensiones locativas consecutivas será motivo valido para que la arrendadora pueda dar por terminado el presente contrato.

SEXTA.- El arrendatario declara que recibe en perfectas condiciones el local arrendado para el goce de su uso estipulado en la cláusula segunda y

comprometiéndose a mantenerlo en buen estado; y, a realizar los arreglos locativos pertinentes que el caso lo amerite si existiere leve deterioro. Por otro lado toda mejora que se desee hacer en el local arrendado se lo realizará previo el consentimiento de la arrendadora.

SEPTIMA.- El servicio de agua potable será de cuenta de la arrendadora.

Y el consumo de luz eléctrica, teléfono, Internet serán cancelados por cuenta

exclusiva del arrendatario.

OCTAVA.- En caso de presentarse alguna controversia de orden legal, las partes, renuncian expresamente domicilio y fuero, y se someten a los jueces competentes de la Ciudad de Santo Domingo Provincia Tsáchilas y, al trámite Verbal Sumario que de darse el caso lo amerite.

NOVENA.- Y Para dejara constancia entre las partes y convenidas en mutuo acuerdo para su consecuencia final de este acto de contrato de todo lo expuesto en su contenido. Firman conjuntamente en la Ciudad de Santo Domingo  Provincia Tsáchilas Ecuador, el primero del mes de marzo del dos mil nueve.

 

 



Arrendador                                                                               Arrendatario.