Demanda de disolución de mutuo acuerdo de la sociedad conyugal

 

Señor juez de garantías de lo civil de santo domingo de los Tsáchilas

 

Nosotros esposos, Rómulo Ricardo chiquisá Contreras, de 45 años de edad, ecuatoriano, CI: Nro.1217393551-2, de oficio tallador profesional y patricia azucena Fierro Figueroa de 42 años de edad, ecuatoriana, CI: Nro.1710391992-5, modista en diseños de moda femenina, ambos con derecho y hábiles para convenir en mutuo acuerdo según la ley. Vivimos en las calles Pedro Aguirre signado con los números 978 y transversal (K) casa de tres pisos verde ventanas de aluminio de vidrio color ahumado que hemos adquirido en común producto del esfuerzo del trabajo de ambos, en la primera planta tengo mi taller de costura en la Ciudadela los Rosales del cantón Santo Domingo de los Tsáchilas, por otro lado en esta misma Ciudadela hemos adquirido desde hace 8 años atrás otra casa de dos plantas color rosada ubicada en las calles Pinos Nro: 224 y Quitumbe, lugar donde mi esposo desempaña sus labores como tallador y tenemos herramientas de trabajo motores y demás que este oficio requiere. Para poner constancia de lo indicado anexo debida copia certificada de nuestro matrimonio y los escrituras publicas respectivas de cada propiedad, así como los bienes muebles de considerado valor que ambos manejamos en nuestras respectivas actividades propias con el fin de establecer ante usted las comparaciones valoradas de nuestros vienes. En vista que hemos acordado en mutuo acuerdo dar por terminado nuestra sociedad de bienes conyugal de acuerdo a la ley.

 

-Fundamos precedentes: De lo indicado en líneas arriba y en vista que la ley nos faculta a ambos para tratar esta acción de hecho dentro de lo que estima la liquidación de la sociedad de vienes conyugales y por ser de mutuo acuerdo sin presión por ninguno de nosotros, ambos con derechos y en habilidad total como lo exigen las normas establecidas de ley; ante su autoridad acudimos para que nos proceda la aprobación con los tramites legales más lo que indica el Art.- 82 del Código de procedimiento civil con las providencias para este caso.

 

-Ambos en la exigencia: De las normas demandamos el cumplimiento que reza el Art.- 816, en cuanto al párrafo segundo, que se refiere que el juez convocara a los cónyuges a las audiencia de conciliación para que en su presencia ratifiquemos la decisión y se disuelva nuestra sociedad conyugal       

 

-La cuantía la afírmanos mutuamente: En esta demanda de disolución de bienes, para lo que agregamos las debidas escrituras de ambos bienes en común que hasta el momento contamos y legalmente notariados sin ninguna clase de impedimento legan que pueda entorpecer este tramite para nuestras pretensiones.

Por lo que expresamos una vez más lo siguiente:

 

*CLáusula primera.- Que el bien que corresponde a las calles Pedro Aguirre signado con los números 978 y transversal (K) Ciudadela los Rosales, casa de tres pisos verde ventanas de aluminio de vidrio color ahumado que hemos adquirido en común, más las maquinas de coser en total que son cuatro así como sus accesorios se tramite a escritura publica dichos bienes solo y absoluto a nombre de la señora, patricia azucena Fierro

Figueroa. En completo goce y servicio a ella.

 

* Cláusula segunda.- En cuanto al bien que es la casa de dos plantas color rosada ubicada en las calles Pinos Nro: 224 y Quitumbe, lugar donde el señor, Rómulo Ricardo chiquisá Contreras, desempaña sus labores como tallador de la misma forma es nuestro acuerdo mutuo que pase estos bienes y todas sus herramientas de trabajo motores en cantidad de cinco y demás que este oficio requiere, de igual modo se tramite a escritura publica. En completo goce y servicio para el.

a.)       Los bienes en mención están ubicados en la misma Ciudadela los ROSALES, y respectivas direcciones para su inspección de usted requerir presencia visual.

b.)       Y para comprobación legal de lo expuesto adjuntamos partida de matrimonio y debidos títulos de todos los bienes que hemos considerado divisibles de nuestra sociedad para cada quien mutuamente y en armonía.

  

-Así solicitamos se trámite: Este pedido en juicio verbal sumario, según forma de liquidación conyugal para su aprobación y la conformación de las respectiva escritura publica a cada quien para dar cumplimiento a lo que estipula la ley especialmente en su Artículo.- 819, del código de procedimiento civil, para nuestras conveniencias y que se eleve esta solicitud dentro del tiempo y con los requisitos legales que demanda este pedido y Art.-82 de este mismo cuerpo legal para su debido registro de las propiedades que corresponda a cada uno según lo estipulado en las cláusulas primera y segunda de esta demanda ante usted señor juez de garantía de lo civil.

Las notificaciones.- En cuanto a este proceso por no haber contradicción de las partes de la misma forma estamos en acuerdo de encargar este trabajo técnico y legal al Señor. facundo segundo Sanabria tinoco, Abogado en ejercicio profesional para que nos procure todos los trámites y se haga llegar al casillero judicial. Nro. 559 de este palacio de justicia, cuanto escrito y demás que requiera el caso. Así mismo para los fines individuales nuestro Abogado goza de la confianza, fidelidad, y atribuciones que otorgamos mutua y ampliamente para que asesore nuestro pedido para los resultados solicitados.

Para esta causa adjunto documentos exigidos de ley.

 

Dígnese en atender sobre nuestro pedido por reunir los requisitos que la ley exige para este proceso demandado.

 

Santo Domingo Provincia de los Tsáchilas, a, 04 de Enero del 2010

República del Ecuador.

 

Para sentar precedente de lo expuesto firmo en conjunto con mi Abogada defensora

 

F: Demandante;                                                             F:   Abogada.